Barclays: nuevo préstamo cuota fácil
Hace poco comentamos sobre la necesidad de crear nuevas fórmulas en materia de financiación.
La receta que propone Barclays es un nuevo préstamo denominado cuota fácil, con el objetivo de ayudar a sus clientes.
Esta iniciativa pretente desahogar a los clientes titulares de un crédito o préstamo aumentando el plazo, sin ningún coste adicional y sin demasiados trámites. Para ello se procederá a cancelar el préstamo vigente.
En concreto, pagar menos seleccionando el día más adecuado para el pago y manteniendo las condiciones del primer préstamo (tipo de interés, capital pendiente..), extendiendo el periodo de vencimiento.
Principales características
- Producto: Préstamo Cuota Fácil
- Préstamos pendientes:
Entre 12 y 24 meses: ampliables hasta 12 meses adicionales
Entre 25 y 60 meses: ampliable hasta 24 meses adicionales - Sin comisiones.
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En vigor la nueva Ley sobre los servicios de préstamos o créditos hipotecarios por entidades no financieras

La nueva ley que regula la contratación con los consumidores de hipotecas, créditos rápidos y reunificación de deudas con entidades no financieras, acaba de entrar en vigor. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el primero de abril esta anhelada norma tanto por las asociaciones de defensa del consumidor y por las entidades bancarias.
Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamos o créditos.
El propósito de esta normativa es proteger los derechos e intereses de los consumidores ante el incremento, en los últimos años, de las entidades no financieras (empresas que solo prestan dinero) y los servicios de intermediación (reunificación de deudas).
El desenfrenado desarrollo del mercado inmobiliario trajo consigo un incremento trepidante del crédito para vivienda por parte de estos establecimientos financieros, que solo estaban sujetas a la legislación general de protección de los consumidores.
Volviendo al tema central, la Ley obliga a informar con total transparencia y sin ningún coste todas las condiciones y clausulas del contrato a los consumidores. También, esta información tiene que estar disponible en la web de la entidad. Por tanto, las empresas no podrán cobrar más que las tarifas pertinentes y las comisiones deberán argumentar a servicios naturalmente prestados o a gastos originados.
Los establecimientos tienen que contratar un seguro de responsabilidad civil o aval bancario que cubra las obligaciones en que pudieran incidir frente usuarios.
Para má información sobre esta nueva ley puede visualizar el siguiente texto: Ley 2/209 en el Boletín Oficial del Estado.
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Los servicios de préstamos de entidades no financieras, más controlados

Los consumidores de reunificación de préstamos, créditos rápidos e hipotecas con entidades no financieras, estarán más protegidos por las leyes. El Congreso de los Diputados aprobó definitivamente la Ley que regula el negocio de las empresas de intermediación financiera.
A La nueva ley se añadió dos reformas presentadas por CIU. Primero, las intermediarias de crédito facilitarán sus cuentas anuales auditadas al Ministerio de Sanidad Y Consumo. En segundo lugar, si superan los quince millones de euros de negocio y operen en más de una Comunidad Autónoma, estarán obligados a convertirse en Establecimientos Financieros de Crédito.
El texto, también exige mayor compromiso de transparencia de las intermediarias de crédito hacia los consumidores, como pueden ser las condiciones y asesoramientos antes de formalizar un contrato de préstamo o crédito, la consolidación de las intervenciones en casos de incumplimientos y el establecimiento de dispositivos de respuesta extrajudicial de enfrentamientos.
El negocio de estas empresas, no estaban supeditadas al control del Banco de España, al no ser entidades financieras, ni al sistema de protección del usuario de los servicios financieros.
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La refinanciación de deudas y las hipotecas puente en cuestión
En situaciones de apuro económico, cada vez hay más ciudadanos que recurren a la floreciente oferta de soluciones que prometen aliviar al instante sus cargas financieras. Reunificación de deudas, hipotecas puente, créditos inmediatos… En muchos casos, el resultado es una mera refinanciación que aligera el pago mensual a costa de prolongar los plazos de devolución y de tipos de interés efectivos menos favorables.
Esta tendencia ha sido llevada al extremo en algunos países europeos, donde la proliferación de préstamos rápidos ha llevado a comercializar créditos al consumo inmediatos, que pueden ser solicitados a través de mensajes cortos (SMS). En Suecia, este sistema lo introdujo Mobillaan en 2006 y desde entonces han surgido una treintena de empresas; y parece que el fenómeno se ha extendido a Estonia, Finlandia y Holanda.
Tras registrarse en el servicio, el cliente sólo tiene que enviar un mensaje con su identificador personal y su número de cuenta y, en menos de 15 minutos, tendrá el dinero a su disposición. Sencillo, rápido y muy tentador para el segmento más joven, familiarizado con el canal y ávido de fondos para cubrir pequeños gastos. El importe máximo suele rondar los 300 o 400 euros, a devolver en un plazo de entre 15 días y un mes. En Holanda, Ferratum cobra 75 euros en concepto de comisión por prestar 300 a un mes, lo que equivale a un 300% TAE, aplicando un tipo simple. Si el plazo es de 15 días, el coste sube a 60 euros (480% TAE).
Pese a que algunas empresas del sector afirman tener tasas de morosidad por debajo del 2% (similares a las del préstamo al consumo en España, en el 2,17%), los costes exageradamente altos han llevado a las autoridades suecas a prohibir el cobro de intereses superiores al préstamo inicial, cifra fácil de alcanzar si el pago se efectúa con un par de meses de demora. Aunque en España todavía no se conocen productos similares, el mejor camino para evitar sorpresas desagradables es, sin duda, una buena educación financiera.
[Fuente: elpais.com]
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